indemnizaciones, corta de arbolado, repoblaciones forestales, tipo de descuento
Resumen:
Se presenta el desarrollo cuantitativo de las medidas indemnizatorias contempladas en una disposición
legal promulgada por la Diputación Foral de Gipuzkoa y desplegada para atender ciertas limitaciones
impuestas a la propiedad forestal. Se procede primeramente a la determinación del tipo de descuento
utilizado en la actualización de las cuasirrentas y en cuyo valor se computa el dilatado plazo de
recuperación de la inversión, el riesgo y el carácter coactivo de la norma. La limitación de corta
impuesta para el periodo de 20 años se cuantifica en 6.036 €/ha y las derivadas de la prohibición de
repoblar con ciertas especies se compensan en tres escenarios posibles, con importes que oscilan desde
un mínimo de 3.981 €/ha cuando el pino radiata se puede sustituir por una especie de crecimiento
medio hasta un máximo de 9.341 €/ha cuando se tiene que hacer otra especie de crecimiento lento. Se
analiza la procedencia de los fondos indemnizatorios y se advierte cómo la aportación mayoritaria
proviene del propio ente foral.
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